En el mundo de los negocios es perfectamente lógica y bastante normal la existencia de contratos para estipular requisitos, para cerrar tratos y pactos, para acordar ideas, etc. Los contratos están hechos para reforzar y estandarizar una confianza válida y necesaria entre las partes implicadas y reducir al máximo cualquier riesgo existente. Pero lamentablemente cuando son demasiado detallados o rígidos o envían señales mixtas y divergentes, pueden terminar perjudicando y alternado situaciones que desde un principio se querían evitar con el contrato inicialmente hecho.
Como dice el dicho, uno muchas veces "por hacer bonito, hace feo" y ese es el caso de muchas compañías y empresas que ponen cláusulas demasiado rigurosas dentro de sus contratos, sin darse cuenta que eso los perjudica tanto de manera indirecta como directa. Los contratos excesivamente detallados que codifican todas las posibles interacciones pueden socavar la confianza al impedir exhibiciones espontáneas de buenas intenciones, es decir, si en un contrato laboral específica exactamente lo que se debe o no hacer en el puesto de trabajo de un empleado determinado, esto merma de manera significativa cualquier tipo de iniciativa de dicho empleado, minimizando de manera notable el rango de acción y subjetividad propia de una persona para actuar en una determinada situación. En pocas palabras, cláusulas muy estrictas no permiten un buen desenvolvimiento, poniendo en riesgo el buen procedimiento de una organización.
Los contratos demasiados complejos y llenos de muchas directrices también pueden ser problemáticos, si comprometen a las partes en acuerdos que parecen una buena idea en el momento, pero no permiten ajustes importantes a medida que cambien las circunstancias. Se debe dejar lugar a imprevistos y cambios a medida de que los momentos y escenarios también vayan cambiando. De esta manera se cumple más satisfactoriamente con el propósito y finalidad del contrato.
Los contratos prudentemente estructurados postergan los acuerdos respecto de los términos que serían mejor manejados una vez se cuente y se disponga con mejor información, e incluyen contingencias que guardan relación con el nivel actual de incertidumbre.
Algunos incentivos son incluidos como parámetros en un contrato, y su funcionamiento y beneficio estará dado si estos incentivos condicionan o no la labor del empleado, es decir, si la compañía se propone una meta y si se estipula que con el cumplimiento de este objetivo se le dará una recompensa adicional al empleado, esto podría causar un sensación de desconfianza de la compañía hacia el individuo y estas sensaciones se convertirán a la larga en perjuicios para la empresa (según estudios psicológicos).
Una manera de evitar estos desenlaces es limitar el uso o el alcance de los incentivos contractuales, sobre todo cuando el destinatario es una persona de muy alto desempeño.
Es así como el abuso de cláusulas y exceso de proteccionismo por parte de los empleadores podría ser contraproducente.
Andrés F. Ruiz
Negociador Internacional,
Estudiante de Economía.
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